Acuerdo Revisión Paritarias 2019
“Estamos satisfechos con este nuevo Acuerdo, de revisión de las Paritarias 2019. Este aumento más los otorgados por el Gobierno Nacional permiten a nuestros trabajadores mercantiles alcanzar un incremento equivalente a la inflación anual” CARLOS RESTIVO
Acuerdo Revisión Paritarias 2019
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) acordó con las cámaras empresarias, un nuevo aumento salarial, en concepto de revisión de la paritaria firmada en mayo de 2019. Este incremento se suma a los 4000 pesos, otorgados mediante decreto por el Gobierno Nacional. De esta forma, con un aumento salarial del orden de 52%, Comercio alcanzaría a igualar el porcentaje de inflación anual.
Primero Las partes acuerdan que el incremento solidario dispuesto en el artículo 1 del Decreto Nro. 14/2020, mantendrá el carácter establecido en el Art. 2 Inc. B del mismo.
Segundo Las partes pactan otorgar un incremento salarial uniforme para todos los trabajadores y trabajadoras del sector comercio en relación de dependencia, incluidos en el CCT 130/75. Dicho incremento se abonara de la siguiente forma.
- En el mes de febrero ascenderá a la suma de $1000 pagadera esta durante el mes de marzo de 2020.
- En el mes de marzo de 2020 una suma de $1000 pagadero con los salarios de dicho mes.
- En el mes de abril se adicionará a la suma de $1000 un incremento de $ 1000 pagaderos con los salarios en dicho mes.
- El referido incremento de $2000 se mantendrá abonándose hasta el momento en que se incorporen por la próxima negociación paritaria, los $2000 se abonarán con la liquidación de los salarios correspondientes a cada mes respectivo.
Tercero Estas sumas fijas no deberán tenerse en cuenta para el cálculo de ningún adicional salarial previsto en el convenio colectivo en tanto no sea pactado específicamente para este incremento un criterio distinto mediante negociación colectiva en futuras paritarias.
Cuarto Las sumas fijas acordadas deberán consignarse en los recibos de haberes como “Acuerdo 2019-20”.
Quinto Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida legal o convencional, el incremento resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida.
Sexto El presente acuerdo salarial será objeto -respecto de aquellas empresas que en virtud de la situación por la cual atraviesan, hayan iniciado procedimiento de crisis antes del 1º de abril de 2019 y que actualmente se encuentren incursos en los mismos- de un tratamiento diferenciado en el marco de dicho procedimiento, concertando en el mismo con la organización gremial que intervenga.
Séptimo Es condición suspensiva inicial para la validez y exigibilidad de este Acuerdo, su previa homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, lo que así solicitan las partes. Para el caso de estar pendiente la homologación de este Acuerdo y se produzcan vencimiento de plazos pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada prevista, los empleadores comprendidos abonarán las sumas devengadas con la mención “Acuerdo
2019-20”.
Octavo Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la vigente emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene con carácter extraordinario y excepcional -y en virtud del Inciso Noveno del Acuerdo firmado por las partes el 28 de mayo de 2019- un aporte a cargo de los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 desde el mes de marzo de 2020. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Afines, será de pesos cien ($ 100) mensuales. Dicha suma será retenida del monto de la remuneración mensual a percibir por cada trabajador a partir del mes de marzo 2020 y depositada a la orden de OSECAC
Por parte de la FAECYS, en la mesa de diálogo estuvieron: Armando Cavalieri, titular de la Federación, José González (subsecretario), Jorge Bence (secretario de Asuntos Laborales), Ricardo Raimondo (Finanzas), Guillermo Pereyra (Encuadramiento Sindical), el senador Daniel Lovera (Convenciones Colectivas) y los doctores Jorge Barbieri, Pedro San Miguel y Analía Schejtman.
Por la parte empresaria lo hicieron: Alberto Rodríguez Vázquez y Carlos Echezarreta (Unión de Entidades Comerciales Argentina/UDECA); Gerardo Díaz Beltrán, José Bereciartua y los doctores Francisco Matilla e Ignacio Martín De Jauregui (Confederación Argentina de la Pequeña y Mediana Empresa/CAME)-; Jorge Luis Di Fiori, Natalio Mario Grinman y los doctores Pedro Etcheberry, Juan Carlos Mariani y Juan Carlos Vasco Martínez (Cámara Argentina de Comercio y Servicios/CAC).





